- Puede ser sancionado administrativamente por el órgano competente de su comunidad autónoma por infracción a los Derechos de los Consumidores.
- Que, a instancia del comprador o arrendatario, el contrato de
compraventa o arrendamiento sea objetado parcialmente por no haberse
cumplido el deber de información al Consumidor; y sus consecuencias económicas.
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