viernes, 19 de abril de 2013

¿Puedo esperar a encargar el Certificado hasta que tenga comprador / arrendatario de mi vivienda / local?


No puede. La razón es que para publicitarse necesita identificar la etiqueta propia (como un código de barras) de su vivienda. El artículo 12.2 establece  que la etiqueta energética “se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio”. 

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